Confusión y conflicto vivimos hoy sobre el tema. Por ello, la precisión jurídica es indispensable. Una organización con fines de lucro genera utilidades que puede repartir a sus dueños: sociedades anónimas y de responsabilidad limitada. La organización sin fines de lucro es similar a una empresa: puede cobrar, remunerar, invertir en acciones, endeudarse y tener utilidades, pero no puede repartirlas a sus fundadores. Deben ser reinvertidas o acumuladas. Su propósito es el bien común, lo cual les permite recibir donaciones deducibles de impuesto y beneficios tributarios.
Es clave aclarar que sus bienes y utilidades ya no pertenecen a sus fundadores. Ellos donan, invierten o se endeudan con un propósito de bien común y no pueden recurrir al ardid de pagarse sueldos fuera de mercado, o efectuar transacciones relacionadas con otras empresas de su propiedad con precios por sobre el mercado, pues este es un resquicio para convertirlas en empresas con fines de lucro. La vigilancia de transacciones con empresas relacionadas y las remuneraciones de directivos también existe en la legislación de sociedades anónimas.
Es el Ministerio de Justicia quien debe velar porque estas normas se respeten. Independientemente de cambios futuros en la legislación, dada la conflictiva realidad actual, éste tiene la obligación de pronunciarse respecto a si esta interpretación jurídica es la correcta, y si acaso la legislación se ha respetado o no desde 1989, cuando el gobierno militar legisló que las universidades (pero no los institutos) no pueden tener fines de lucro. Las leyes están para cumplirse.
A futuro, la ley debiera diferenciar adecuadamente distintos tipos de universidades, de investigación o no, públicas y privadas, con o sin fines de lucro. Cabe destacar que, dentro de las 100 universidades mejor ranqueadas del mundo, con investigación y docencia de excelencia, prácticamente la totalidad son estatales o corporaciones privadas auténticamente sin fines de lucro. Habiendo excepciones, las universidades americanas con fines de lucro presentan, por lo general, rasgos similares a muchas chilenas con bajo o nulo grado de acreditación, en cuanto a su dedicación exclusiva a la docencia, alta inversión en publicidad, masividad, alta deserción, baja calidad y baja selectividad en la admisión. Los incentivos para hacerlo así son claros, especialmente en un mercado asimétrico, opaco para sus “consumidores” y desregulado.
En cualquier caso, el desacreditado sistema de acreditación debe reestructurarse completamente. Asimismo, todas las universidades e institutos son depositarios de la fe pública y debieran publicar los niveles de acreditación de cada carrera y estados financieros auditados, incluyendo sus transacciones con empresas relacionadas, rindiendo cuentas cuando reciban fondos públicos de cualquier índole.
Aunque esto lo zanjó la LGE, es paradojal que en Chile no se acepte el lucro en universidades, pero sí en escuelas subvencionadas. No conozco otro país donde esto ocurra, aun existiendo educación particular subvencionada, que es sin fines de lucro como en Holanda. Por cierto, no hay evidencia estadística en Chile de que las escuelas con fines de lucro tengan mejores resultados que las sin fines de lucro, sino más bien al revés. Tienen obvios incentivos para segregar alumnos, y los niveles de subsidio que reciben (hasta 70% de sus “ventas” ) son los mayores de cualquier sector económico. Da como para pensar.
Publicado en La Tercera, 15 de junio del 2011