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Respeto a la independencia del Consejo de Alta Dirección Pública

Mario Waissbluth

Editorial aparecida en www.latercera.com
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Dos de los cinco miembros del Consejo de Alta Dirección Pública (ADP) manifestaron a este diario la semana pasada su aprensión por lo que denominaron una situación de fragilidad en dicho organismo. Señalaron que dos consejeras, entre ellas la presidenta del Consejo y directora del Servicio Civil, habían cesado en su cargo en marzo, sin que hubieran sido reemplazadas; y, también, que otra consejera había asumido como jefa de asesores del Presidente de la República, lo que comprometía la independencia del cuerpo colegiado.
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Afortunadamente, desde el momento que se planteó esa posición se ha avanzado de manera significativa. En primer lugar, el Presidente Sebastián Piñera nominó al nuevo presidente del Consejo y director del Servicio Civil y propuso al Senado para su ratificación a una nueva consejera, lo que tiende a la pronta normalización del sistema, que es fundamental para la conformación de una administración pública moderna y eficiente. Y ayer, el gobierno anunció que la consejera que además ejerce como jefa del equipo asesor presidencial renunció a su posición en el Consejo, revirtiendo la postura inicial, que señalaba que ella se mantendría en éste.
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Aunque tardío, el anuncio es positivo y pone fin a un debate que pudo haberse evitado si se hubiese actuado prudentemente desde el principio. Nadie pone en duda la capacidad profesional y el destacado aporte a la ADP de la renunciada consejera. Sin embargo, la necesaria independencia y prestigio que debe exhibir el Consejo al cumplir sus funciones hacían desaconsejable que ella se mantuviera en el cargo.
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La ADP fue creada en 2003, a raíz de la crisis política del llamado caso de los “sobresueldos”, en alusión a pagos encubiertos a servidores públicos más allá de la remuneración establecida por la legislación. Quedó así de manifiesto que los altos puestos del aparato gubernativo eran mal remunerados y que, también, muchas designaciones tenían motivación política, sin consideración a los requerimientos del cargo y capacidades de los nominados. Surgió, entonces, un acuerdo político para abordar el fondo del problema. Por una parte, se establecieron mejoras de remuneraciones de las autoridades, jefaturas y profesionales; y por otra, se estableció la ADP, que comprende al Servicio Civil y al Consejo. Este es el encargado de hacer la selección y proponer ternas o quinas al Mandatario para el nombramiento de los directores de la gran mayoría de los servicios públicos. Se restringió así la amplia facultad de que gozaba el Presidente para designar jefaturas, las que ahora sólo puede hacer a partir de las propuestas del Consejo.
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Para asegurar la independencia de los consejeros en el ejercicio de sus funciones, se dispuso que cuatro de ellos sean nombrados por el Presidente con acuerdo del Senado, adoptado por 4/7 de sus integrantes, y sean inamovibles en sus cargos. El quinto es designado por el Jefe de Estado y preside el Consejo, siendo, a la vez, director del Servicio Civil.
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Que una consejera ratificada por el Senado ocupara un puesto de asesoría directa del Presidente de la República resultaba contrario a las providencias que tomó la ley para asegurar la independencia y prestigio del Consejo, los que podían quedar comprometidos.
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El hecho de que dicha consejera cumpliera la asesoría presidencial mediante honorarios no era más que una explicación formal e insuficiente. De paso, dicha explicación puso de manifiesto la necesidad de acabar con los distintos estatutos que en la práctica rigen a los empleados públicos, no sólo porque es injusto y discriminatorio para ellos, sino porque puede permitir -como estaba sucediendo en este caso- que no se apliquen las reglas que ha previsto el legislador para los que formalmente sirven en un cargo.
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La reiteración de problemas relativos a conflictos de interés en los nombramientos efectuados por el gobierno debe llevar a éste a reconsiderar los criterios que ha seguido hasta ahora.